El Derecho Canónico, establece la obligatoriedad de constituir en todas las parroquias el Consejo Económico Parroquial con la misión de asesorar y ayudar al párroco en la administración de los bienes parroquiales, rigiéndose por el Derecho común, el Derecho particular, así como por los presentes estatutos (Ar. I del Estatuto-marco del Consejo parroquial de asuntos económicos).
Son funciones del Consejo Económico:
- Realizar el inventario de los bienes parroquiales asegurando la titularidad y el registro
- Vigilar y tutelar dichos bienes cuidando su buena conservación
- Llevar los libros de cuentas
- Elaborar los presupuestos anuales ordinarios para su aprobación por el Consejo Pastoral
- Ejecutar los presupuestos aprobados
- Promover la colaboración de los fieles en la financiación de la parroquia
- Formular y aprobar las cuentas anuales y aportar lo establecido a la Diócesis
- Publicar las cuentas parroquiales para conocimiento de la comunidad parroquial al menos una vez al año
Los miembros del Consejo Económico Parroquial de San Pablo de la Argañosa son:
- Antonio Vázquez Escobar (párroco)
- Juan Carlos Gorostiza Lasa (adscrito)
- Cándido Álvarez Fernández
- Ricardo Menéndez Rayo
- Manuel Lozano González
- Manuel Manzano Pedraz